Para regir los destinos de la asociación, resolver cuantos asuntos de régimen interno se presenten, o decidir en todo aquello que no esté reservado por su importancia a la asamblea general, se creará como órgano de gobierno y representación una junta directiva, que gestiona y representa sus intereses de acuerdo con las disposiciones legales y directivas de la asamblea general, y que estará integrada por los siguientes miembros:
1) Presidente.
2) Secretario.
3) Tesorero
4) Dos Vocales.*Antes eran 5 vocales
Podrán ser miembros de la junta directiva de la asociación todas aquellas personas físicas mayores de edad y menores de 30 años que tengan la condición de asociados, que se encuentren en pleno uso de los derechos civiles, y que no estén incursos en los motivos de incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
jueves, 8 de febrero de 2007
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